La función administrativa en Colombia, no sólo es desarrollada por la Rama Ejecutiva del poder público, sino que también es ejercida por la Rama Legislativa para el cumplimiento de sus fines. Es a partir de la Constitución de 1991, cuando en desarrollo del mandato Constitucional y de las facultades que tiene el Congreso de la República, se expidieron dos normativas: la ley 3ª de 1992 (por la cual se expiden normas sobre las Comisiones del Congreso de Colombia y se dictan otras disposiciones) y la ley 5ª de 1992 (por la cual se expide el reglamento del Congreso, el Senado y la Cámara de Representantes), en las cuales se despliega el ejercicio de la actividad legislativa, sin embargo, en estas disposiciones, no se contiene de manera expresa el procedimiento que ha de adoptarse para el ejercicio de dicha función administrativa y en tal sentido, tanto el Senado de la República como la Cámara de Representantes, deben recurrir a la expedición de Resoluciones internas con el fin de establecer el procedimiento requerido para cumplir con esta función.