La creación del control de constitucionalidad por vicios de competencia vía jurisprudencia, en clara contravía del artículo 241 de la Constitución, pone de presente la necesidad de fortalecer los límites competenciales que la Carta establece para las autoridades judiciales, para lo cual se propone que el acápite orgánico de la Constitución se interprete con base en la intención original del constituyente, de tal forma que haya un parámetro de control efectivo que evite que estas expandan sus facultades a través de la interpretación constitucional y concentren mayor poder.