La desaparición forzada de personas, está caracterizada como una violación pluriofensiva, que afecta una amplia variedad de derechos y de personas. Bajo este supuesto, se plantea un análisis crítico a la postura tradicional de identificar a los familiares de los desaparecidos con víctimas indirectas de esta violación, y se considera que en la desaparición forzada de personas, existen dos tipos de víctimas directas, a saber, el desaparecido y sus familiares. En este sentido se desarrolla un recuento histórico sobre la creación del marco jurídico en desaparición forzada, que da luces sobre la manera en que se constituyó el ilícito internacional, así como del estándar de víctimas establecido para esta vulneración. Con esto, se describe detalladamente el tipo de daño directo del que son víctimas los familiares a raíz de una desaparición forzada de personas y con esto, se justifica su naturaleza de víctimas directas. Así, la desaparición forzada de personas es una violación al derecho internacional de los derechos humanos, cuya complejidad radica en su configuración a partir de dos realidades interdependientes: la del desaparecido y la de su familia.