La interpretación del requisito de “intereses personales afectados” previsto en el artículo 68 (3) del estatuto de la Corte Penal Internacional a la luz del concepto de interés colectivo en el derecho nacional comparado: los casos de España, Colombia, Perú y Argentina
Tesis
Este artículo tiene como propósito efectuar un análisis sobre la interpretación del requisito de “intereses personales afectados” previsto en el artículo 68(3) del Estatuto de la Corte Penal Internacional, a la luz del concepto de interés colectivo desarrollado en el derecho nacional comparado. Lo anterior tiene la finalidad de proponer una solución frente a la lectura restrictiva que ha manejado la Corte Penal Internacional en la participación de las víctimas en contextos de criminalidad masiva. La metodología que se aplicó en la presente investigación es de carácter dogmático y comparado, por lo que, el estudio está fundamentado en normativa, jurisprudencia y doctrina de España, Colombia, Perú y Argentina. Los hallazgos evidencian que varios de estos ordenamientos jurídicos nacionales han creado instrumentos y mecanismos que, en los últimos años, han reconocido la dimensión colectiva del daño, permitiendo la inclusión de grupos determinables de víctimas y facilitando su acceso a la justicia y a reparaciones. En atención a dicho análisis, se concluye que el concepto de interés colectivo resultar ser una herramienta interpretativa de gran importancia para la CPI, en la medida que garantizará una mayor participación de las víctimas al interior de los actuaciones judiciales que se llevan ante el mismo tribunal.