En desarrollo de la libertad de iniciativa privada, que se encuentra garantizada constitucionalmente, los comerciantes han incorporado el uso de la tecnología para ofrecer bienes y servicios a los consumidores, incluyendo la intermediación de la relación entre productores, proveedores o comercializadores y clientes, mediante aplicaciones que son gestionadas por terceros distintos a las partes de la relación jurídica principal. En el caso colombiano, esta innovación en el ejercicio del comercio aún no ha sido materia de regulación legislativa, lo cual ha generado interrogantes tanto en cuanto a la legalidad de su prestación como en relación con el ejercicio de las competencias de las autoridades administrativas sobre la misma en el marco de la intervención estatal en la economía prevista en los artículos 333 y 334 de la Constitución. Esta situación lleva a plantear los siguientes interrogantes: i) ¿Hasta dónde llega la libre iniciativa privada para ofrecer esta intermediación digital sin regulación legal y hasta dónde van las competencias administrativas para restringir o sancionar su prestación por la ausencia de un marco regulatorio expreso que las habilite? ii) ¿Cuál es el alcance de la intervención estatal sobre la actividad del comercio digital aún no regulada por ley y de la libertad del comercio digital, a partir de cuyo establecimiento se puedan identificar elementos para resolver las tensiones que se presentan entre la organización y el orden de una actividad por medio de la intervención estatal y la libertad que gozan los comerciantes de que el Estado intervenga mínimamente en sus actividades económicas? Por lo anterior, el presente estudio tiene como objetivo general analizar las libertades económicas y la intervención estatal sobre las actividades económicas de los particulares, a la luz de la iniciativa privada para resolver la tensión que se presenta entre la intervención estatal y la libertad de los comerciantes, en el marco de la actividad del comercio digital.